martes, 12 de abril de 2011

Ser mujer en Chihuahua (o Presuntos Inocentes)


*Publicado originalmente en Milenio Semanal



Pese al nuevo sistema penal acusatorio, la procuración de justicia para las mujeres en este estado de la República sigue marcada por viejas prácticas y prejuicios culturales; en tanto, la violencia continúa.

CHIHUAHUA, Chih.- Una niña de 12 años acompaña a una amiga y a su futuro agresor a la tienda de abarrotes a comprar tortillas. Cuando su amiga se baja del coche, el hombre arranca, se la lleva a otro lugar y la viola. Un magistrado decreta la libertad al acusado ya que, alega, no se puede acreditar que la menor de edad fue penetrada por el agresor. Esto, a pesar de que el certificado médico señala que la víctima presentaba raspones y moretones en el cuerpo, y de que el examen ginecológico registra lesiones consistentes con una agresión sexual y que se encontraron restos seminales en la pantaleta de la niña. El magistrado argumenta que “la definición de cópula establece la introducción del pene por vía vaginal”, por lo que, considera, “no hubo tal penetración, debido a que el dictamen del médico legista arroja datos clínicos compatibles con el coito ante porta (antes del himen) y los vestigios de semen aparecieron sólo en el área genital de la víctima y no en la vagina”. En otras palabras: no hubo violación porque no se rompió el himen.

Éste es uno de los siete casos que documenta el estudio “El acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia de género en el sistema penal acusatorio”, realizado por el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en el estado de Chihuahua (Cedehm). Son ejemplos que tienen una mirada de “mucho fracaso” respecto al acceso a la justicia de las mujeres en el nuevo sistema penal, advierte la abogada y activista Lucha Castro, pero precisa que la reforma que ha implantado el sistema penal acusatorio (en contraposición al sistema inquisitivo tradicional mexicano) es un avance importante en materia de derechos humanos y procuración de justicia, aunque por sí sola no garantice justicia instantánea.

En el caso específico de la violencia de género, “se requiere, por ejemplo, que la investigación sea asumida por el Ministerio Público (MP) como un deber jurídico y no como una simple gestión de intereses entre particulares. Que se investiguen los delitos, y no la vida privada y sexual de la víctima”. En el estudio, se señala cómo la violencia de género —familiar, sexual, psicológica, física— comúnmente ocurre en el ámbito de la intimidad, donde por lo general no hay testigos. Si hay huellas de violencia, es difícil vincularlas con el agresor, y son problemas que se presentan independientemente de que se trate de un sistema inquisitivo o acusatorio como el que ya se practica en Chihuahua.

“ALGO HABRÁ HECHO...”
Distrito Judicial Morelos, Chihuahua. El ex novio de una mujer llega a las dos de la mañana. Ella lo deja entrar. Él quiere volver con ella. Ella responde que no, y él la toma del cuello; la estrangula hasta que la desmaya. Cuando ella vuelve en sí se encuentra desnuda, y él la viola. “Para tratar de defenderse, ella le muerde las manos, también intentó pegarle pero no pudo (sic). El sujeto le tapó la boca y la nariz quitándole el aire, pero ella dijo que no iba a gritar, y él le dice que sólo va a ser de él, la amenaza de muerte, razón por la cual ella (declara) le sigue la corriente”.

La Jueza de Garantía tuvo conocimiento del informe médico legista, que certificó inflamación y laceración consistentes con una violación, así como los moretones producidos cuando el agresor la asfixió hasta que ella perdió el conocimiento. También escuchó los testimonios de dos amigos del agresor, quienes, relataron, vieron a la víctima asustada y lesionada; así como la testimonial del policía que acudió al domicilio de la víctima en donde detuvo al agresor, a quien halló dormido y desnudo, e incluso el testimonio de éste, quien aceptó que la golpeó y sujetó del cuello, y que “está consciente de que lesionó a la víctima”. A pesar de todo esto, la jueza consideró que no se acreditó el delito de violación, ya que la mujer consintió el acto sexual para no ser asfixiada. Además, cuestionó que la víctima recibiera en horas inapropiadas a su ex pareja.

Al respecto, advierte el estudio del Cedehm: “La jueza desconoce o ignoró los principios del derecho internacional aplicables en los casos de violencia sexual, los cuales sostienen que el ‘consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza o la coacción (...) hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre’”. Pero el cuestionamiento sobre el “honor” y la vida privada de las víctimas es una constante, y no sólo en Chihuahua, advierte Castro: no se han cambiado los paradigmas de quienes están operando el sistema. Por ello es necesario que los jueces, magistrados y funcionarios en general cambien su forma de pensar, sus valores, para comprender lo que significa la violencia de género. Actualmente, añade la abogada, formalmente no existen ya los delitos de honor (los que justificarían que un hombre agredió a una mujer porque lo engañó, por ejemplo), pero permanecen en el inconsciente colectivo.

Gustavo de la Rosa Hickerson, visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado, es más radical. En entrevista telefónica, advierte: “Los testimonios como pruebas no deben perder valor, porque (en ocasiones) son las únicas pruebas. Pero tenemos unos jueces machistas, jueces para quienes, en su subjetividad, se vale la violación siempre y cuando no se trate de su mamá”.

LA VEÍA COMO MUJER, NO COMO HIJA
Una joven de 20 años denuncia a su padrastro, quien la ha violado reiteradamente desde que ella tenía siete años de edad. En una primera instancia, una jueza dicta vinculación al proceso. “El imputado, quien la reconoció como hija sin serlo, empezó a imponerle cópula por vía vaginal y, para hacerlo, la amenazaba con dañarla. Los hechos ocurrían en la casa donde vivían o en el lugar de trabajo del imputado”.

El dictamen de un sicólogo advierte que la joven presenta severa alteración causada por las agresiones que ha sufrido por 13 años. Una amiga de la víctima también rinde testimonio sobre el miedo que la joven presentaba cada vez que veía a su padrastro. Pero el caso se lleva a una segunda instancia, donde un magistrado de la Séptima Sala no acepta el informe del sicólogo. Concluye: “Existen datos bastantes y persuasivos valorados con las reglas de la lógica y la experiencia que me conducen a considerar que la víctima aceptaba libremente que la penetrara” (sic).

El magistrado concluye: “Está demostrado que el imputado tenía cópula sexual con la víctima desde que la misma tenía siete años de edad; el consignado la quería no como hija, sino como mujer, al grado de que le prohibía salir con varones”. Y, recrimina el magistrado, la joven ya tenía un novio con el que sostenía relaciones íntimas; más aún, cuestiona que la víctima siga viviendo en la misma casa del agresor.

EL TIEMPO PASA...
Agosto de 2008, Buenaventura, Chihuahua. Una mujer es violada tumultuariamente en su domicilio. Inmediatamente la mujer acude a las autoridades del ejido donde vive a denunciar el hecho. El agente de la policía seccional le advierte que debe ir a otra localidad, al Valle de Buenaventura, para que se le practique el examen médico y científico. La mujer viaja 40 kilómetros; sin embargo, cuando llega, el médico legista se niega a hacerle el examen porque la mujer debe realizar la denuncia previamente. “El médico llamó al MP de otra localidad, Nuevo Casas Grandes, donde le informaron a la víctima que tendría que acudir a interponer la denuncia en días y horarios hábiles. Le indicaron que acudiera el lunes 25 de agosto, a las ocho de la mañana, porque en ese momento era fin de semana y no podían recibirla”.

La mujer regresa a su domicilio y al día siguiente día viaja 80 kilómetros para llegar a Nuevo Casas Grandes. Narra por cuarta vez los hechos, “pero no pudo presentar la denuncia porque el médico legista de Nuevo Casas Grandes se negó a realizarle el examen médico”, bajo el argumento de que le correspondía al médico de Buenaventura. La víctima tiene que viajar de nuevo 40 kilómetros para que un médico le practique la prueba. El certificado médico se realiza más de 24 horas después de que la víctima acudiera por primera vez a solicitar ayuda, y ninguna autoridad le informó que debía tomar medidas para preservar mejor las pruebas físicas (como guardar la ropa que llevaba puesta, no bañarse) por lo que cuando por fin presenta su denuncia penal (30 horas después de los hechos) le informan que la prueba podría resultar inválida debido al tiempo que había pasado.

LA REINA DE LAS PRUEBAS
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma penal es que deja de lado la confesión como prueba indiscutible. Y es que, reconoce el estudio del Cedehm, la práctica del sistema inaquisitivo tradicional tuvo resultados “devastadores” al valorar la confesión (muchas veces arrancada con torturas) como “reina de las pruebas”.

Más aún, con este sistema que ya se practica en Chihuahua, cada juez tiene libertad de dar o no valor a las pruebas presentadas por el MP (incluidos los testimonios y otros) “de acuerdo con la lógica, el conocimiento científico”, y está obligado a sustentar sus resoluciones, advierte el documento. El inconveniente es que en el caso de la violencia de género, ésta ocurre por lo general en el ámbito privado, casi siempre con ausencia de testigos, y en muchas ocasiones con repercusiones de índole exclusivamente sicológica.

Según el estudio, en los casos de violencia familiar y violencia sexual, el nuevo sistema, “al dar un valor determinante a la prueba física, deja de lado la evidencia psicológica, que es, en muchas ocasiones, la única con la que se cuenta en algunas modalidades de violencia”. Lucha Castro precisa que sí se pueden probar los daños sicológicos de una víctima de violencia, pero que existe aún reticencia en los tribunales para aceptar este tipo de pruebas. “La violencia familiar en general está naturalizada”, aún se ve con normalidad. Por ello, la idea de violencia familiar está ausente de la psique del propio juzgador.

“CONCILIAR” LA VIOLENCIA
Es 26 de junio de 2007. Una mujer pide auxilio a la policía ministerial porque su ex pareja y otras personas se presentaron en su negocio y comenzaron a hacer destrozos. “La policía acude, pero en vez de remitir al agresor, se limitan a ‘calmarlo’”. El 16 de julio la víctima acude a presentar una denuncia por violencia familiar y amenazas de muerte por parte de su ex pareja, a la Unidad de Atención Temprana, de donde se le remite al Centro de Justicia Alternativa (CJA) —instancia en la que se busca siempre una mediación entre las partes—, a pesar de que la violencia familiar debe perseguirse de oficio. El facilitador del CJA celebra un convenio en el cual el agresor se obliga a “no agredir de ese día en adelante”; en el momento en que el facilitador se levanta a tomar las copias para la firma del convenio, el agresor le dice a la víctima que acaba de firmar su sentencia de muerte. La víctima le manifiesta al facilitador la amenaza, a lo que éste le dice que no se preocupe, que si le pasa algo más, regrese.

El seis de septiembre de 2007, dos hombres (uno de ellos menor de edad) contratados por la ex pareja de la víctima ingresan a la oficina de ésta. Le entierran un cuchillo de ocho centímetros de longitud, cuyo mango se desprende y queda la hoja enterrada en el cuerpo. Al no poder seguir apuñalándola, los hombres la golpean con un objeto en el rostro y cabeza. Pese a todo, la mujer logra sobrevivir.

La Procuraduría del estado no realiza ninguna investigación en contra de la ex pareja. Sigue libre. De los sicarios, uno es puesto en libertad por ser menor de edad y el segundo, autor material de intento de homicidio, el MP insiste en ofrecerle el beneficio de un procedimiento abreviado, lo que reduce sustancialmente la pena.

2 comentarios:

  1. Realidades crudas que en esta cultura del egoísmo y el consumo, importan realmente a poca gente.

    ResponderBorrar
  2. En verdad lamentable la miseria de sistema penal que la mayoria de las veces se sustenta solo en corrupciones locales.. amigasmos y demas.. da pena saber que ESTE ES NUESTRO PAIS pues Chihuahua es Mexico. Muchos pensaran que como es posible.. Pues si, es posible gracias al dejo que como sociedad mantenemos. Nos alejamos de la politica pensando que ella es slo para ambiciosos y corruptos. Me pregunto cuanto mas habremos de ser minoria los que alcemos la voz. Gracias Lydiette de nuevo ... La informacion es una arma importante (la mejor) en esta luchu digna :D FUERZA y adelante!

    ResponderBorrar