Desde la lejania de mis vacaciones, me llega un mensaje interesante: un juez local ordeno este dia la libertad de Juan Manuel Martínez Moreno, quien fuera acusado por la PGR de ser el homicida del periodista estadunidense Brad Will. Interesante resolucion, sobre todo despues de que la pugna que se dio por peritajes entre PGR y la CNDH.
Mas aun, los elementos que presento la PGR en el caso se habian caido meses atras. Por eso, me pregunto por que se tardaron tanto en dejarlo libre. Como sea, desde esta vacacion (con teclado sin acentos) una felicitacion a Gilberto Lopez, abogado oaxaqueno que llevo el caso de Juan Manuel.
Cabe recordar que incluso los papas de Brad Will declararon en diversas coasiones que Juan Manuel no podia ser el asesino de su hijo. Insistieron en que se trataba de un chivo expiatorio.
Ahora solo queda que den con el verdadero asesino.
Ver tambien:
Mas sobre peritajes de Brad Wil
Dudoso y caro,peritaje de Brad Will
Otro reves para la PGR en el caso de Brad Will
A proposito de la muerte de Brad Will, o ya te dije guey, que no siguieras grabando
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miércoles, 30 de diciembre de 2009
viernes, 23 de octubre de 2009
Más sobre peritajes de Brad Will
La Procuraduría General de la República erogó 165 mil 350.91 pesos durante la investigación del asesinato de Brad Will. Debido a viajes y viáticos, un ministerio público de la federación (MPF) gastó 43 mil 817 pesos por viáticos en viajes a Oaxaca durante 2008; y en 2009, el costo fue por 121 mil 533.28 pesos.
A ello se debe sumar también el sueldo que el MPF ya percibía, de 26 mil 986 pesos mensuales. Ello para investigar el asesinato del periodista estadunidense Brad Roland Will, ocurrido el 27 de octubre de 2006, cando cubría el conflicto en Oaxaca.
El gasto realizado por la PGR en el caso contrasta con el que erogó únicamente para que policías canadienses jubilados realizaran un peritaje alterno para el caso del asesinato de Brad Will.
Estos policías cobraron a la Procuraduría General de la República 64 mil 280.24 dólares. Esto quiere decir que la PGR erogó alrededor de 800 mil pesos para que los canadienses realizaran una investigación que duró 14 días. Sin embargo, este peritaje no se integró en el expediente judicial del asesinato.
Gilberto López es abogado defensor de Juan Manuel Martínez Moreno, quien fue acusado del homicidio de Brad Will. Familiares y miembros de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca han reiterado en varias ocasiones que Juan Manuel es inocente.
El abogado defensor explicó en entrevista que aunque los peritajes de la PGR están incluidos en el expediente, no tienen un papel relevante en el juicio. Son sólo cuestiones de forma. El de la CNDH también está incluido, pero no el de la policía canadiense.
El peritaje canadiense dio un espaldarazo a la hipótesis de la PGR de que los disparos que dieron muerte a Brad Will fueron realizados de cerca (y no desde una distancia superior de los 35 metros , como concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos).
Lydiette Carrión
Ciudad de México
A ello se debe sumar también el sueldo que el MPF ya percibía, de 26 mil 986 pesos mensuales. Ello para investigar el asesinato del periodista estadunidense Brad Roland Will, ocurrido el 27 de octubre de 2006, cando cubría el conflicto en Oaxaca.
El gasto realizado por la PGR en el caso contrasta con el que erogó únicamente para que policías canadienses jubilados realizaran un peritaje alterno para el caso del asesinato de Brad Will.
Estos policías cobraron a la Procuraduría General de la República 64 mil 280.24 dólares. Esto quiere decir que la PGR erogó alrededor de 800 mil pesos para que los canadienses realizaran una investigación que duró 14 días. Sin embargo, este peritaje no se integró en el expediente judicial del asesinato.
Gilberto López es abogado defensor de Juan Manuel Martínez Moreno, quien fue acusado del homicidio de Brad Will. Familiares y miembros de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca han reiterado en varias ocasiones que Juan Manuel es inocente.
El abogado defensor explicó en entrevista que aunque los peritajes de la PGR están incluidos en el expediente, no tienen un papel relevante en el juicio. Son sólo cuestiones de forma. El de la CNDH también está incluido, pero no el de la policía canadiense.
El peritaje canadiense dio un espaldarazo a la hipótesis de la PGR de que los disparos que dieron muerte a Brad Will fueron realizados de cerca (y no desde una distancia superior de los 35 metros , como concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos).
Lydiette Carrión
Ciudad de México
miércoles, 7 de octubre de 2009
Dudoso y caro, peritaje canadiense de Brad Will
Lydiette Carrión
Ciudad de México
Los policías canadienses jubilados que realizaron un peritaje para el caso del asesinato de Brad Will cobraron a la Procuraduría General de la República 64 mil 280.24 dólares.
Esto quiere decir que la PGR erogó alrededor de 800 mil pesos para que los canadienses realizaran una investigación que duró 14 días. Este peritaje tampoco se integró en el expediente judicial del asesinato.
Al responder una solicitud de información por medio de la Ley de Transparencia, la PGR también informó que los policías canadienses cubrieron sus propios gastos de transportación, hospedaje, seguro médico, etcétera.
El peritaje realizado por estos policías dio un espaldarazo a la hipótesis de la PGR de que los disparos que dieron muerte a Brad Will fueron realizados de cerca (y no desde una distancia superior de los 35 metros , como concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos). Pero, denunció la CNDH en su momento, no se incluyó dentro del expediente judicial del asesinato. Por lo que no tuvo carácter probatorio dentro de las investigaciones en el asesinato del periodista estadunidense, ocurrido el 27 de octubre de 2006, cuando cubría el conflicto social en Oaxaca.
La presentación de este peritaje ante la opinión pública en meses pasados abrió un nuevo debate entre la PGR y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La CNDH consideró que “el reporte contratado y difundido por la Procuraduría General de la República relacionado con el homicidio del señor Bradley Roland Will no sustenta sus conclusiones en elementos técnico-científicos; no es un dictamen pericial sino una opinión; carece de valor jurídico alguno, de acuerdo con la legislación mexicana y su jurisprudencia, y no tuvo el propósito de encontrar la verdad histórica y legal, sino de avalar las hipótesis de quien contrató a sus autores.
Y su creación, aseguró la CNDH en su momento, “revela la intención de la institución contratante¨(es decir, la PGR) por validar una hipótesis indemostrable, mediante procedimientos profesionales de las ciencias forenses, de que el victimario se encontraba a una distancia de entre dos y ocho metros de su víctima”.
El peritaje independiente fue elaborado por por James Stephen, patólogo forense; Phil Ziegler, perito en armas de fuego y balística, y Gary Buerk, comandante del equipo de homicidios, jubilados de la Real Policía Montada canadiense. Su reporte concluyó que el homicida “estaba parado entre 12.20 y 0.70 metros (de Brad Will) cuando disparó el primer tiro. El tirador estaba parado frente a Will y hacia la derecha, fuera del ángulo de la cámara. No hubo rebote. El segundo disparo fue hecho poco después de que Will había caído al piso, mientras era cargado y antes de que fuera colocado en un vehículo” para llevarlo a una estación de la Cruz Roja.
Entre las críticas que se realizaron al peritaje de los jubilados está que nunca revisaron físicamente la playera que Brad Will portaba al momento de su homicidio. Sólo se basaron en las fotografías del expediente. La CNDH también denunció que entre los investigadores no había expertos en el análisis del sonido (una de las pruebas que presentó la CNDH fue una pericial sobre el sonido del disparon y el tiempo en que tardó en impactar a Brad Will, y a partir de ese análisis, el peritaje de la CNDH concluyó que había sido un disparo efectuado a la larga distancia), y aún así invalidaron las conclusiones de la CNDH.
Otro aspecto: en el video que Brad Will estaba grabando al momento de su muerte, poco antes del disparo, se escucha una voz que amenazante ordena apagar su cámara. Aunque el expediente judicial ya había determinado que esta amenaza iba dirigida a Karol Iván Ilescas, que entonces era camarógrafo de Televisa, la policía canadiense señaló en su informe que la amenaza iba contra Brad Will, y que éste sabía algo de español.
Por último, destaca en el informe que, en los antecedentes del informe, los jubilados señalan a Brad Will como un periodista que había cubierto temas de guerrilla en centroamérica y que había ingresado de manera ilegal a territorio mexicano.
Publicado en El Periódico, miércoles 7 de octubre de 2009
Ciudad de México
Los policías canadienses jubilados que realizaron un peritaje para el caso del asesinato de Brad Will cobraron a la Procuraduría General de la República 64 mil 280.24 dólares.
Esto quiere decir que la PGR erogó alrededor de 800 mil pesos para que los canadienses realizaran una investigación que duró 14 días. Este peritaje tampoco se integró en el expediente judicial del asesinato.
Al responder una solicitud de información por medio de la Ley de Transparencia, la PGR también informó que los policías canadienses cubrieron sus propios gastos de transportación, hospedaje, seguro médico, etcétera.
El peritaje realizado por estos policías dio un espaldarazo a la hipótesis de la PGR de que los disparos que dieron muerte a Brad Will fueron realizados de cerca (y no desde una distancia superior de los 35 metros , como concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos). Pero, denunció la CNDH en su momento, no se incluyó dentro del expediente judicial del asesinato. Por lo que no tuvo carácter probatorio dentro de las investigaciones en el asesinato del periodista estadunidense, ocurrido el 27 de octubre de 2006, cuando cubría el conflicto social en Oaxaca.
La presentación de este peritaje ante la opinión pública en meses pasados abrió un nuevo debate entre la PGR y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La CNDH consideró que “el reporte contratado y difundido por la Procuraduría General de la República relacionado con el homicidio del señor Bradley Roland Will no sustenta sus conclusiones en elementos técnico-científicos; no es un dictamen pericial sino una opinión; carece de valor jurídico alguno, de acuerdo con la legislación mexicana y su jurisprudencia, y no tuvo el propósito de encontrar la verdad histórica y legal, sino de avalar las hipótesis de quien contrató a sus autores.
Y su creación, aseguró la CNDH en su momento, “revela la intención de la institución contratante¨(es decir, la PGR) por validar una hipótesis indemostrable, mediante procedimientos profesionales de las ciencias forenses, de que el victimario se encontraba a una distancia de entre dos y ocho metros de su víctima”.
El peritaje independiente fue elaborado por por James Stephen, patólogo forense; Phil Ziegler, perito en armas de fuego y balística, y Gary Buerk, comandante del equipo de homicidios, jubilados de la Real Policía Montada canadiense. Su reporte concluyó que el homicida “estaba parado entre 12.20 y 0.70 metros (de Brad Will) cuando disparó el primer tiro. El tirador estaba parado frente a Will y hacia la derecha, fuera del ángulo de la cámara. No hubo rebote. El segundo disparo fue hecho poco después de que Will había caído al piso, mientras era cargado y antes de que fuera colocado en un vehículo” para llevarlo a una estación de la Cruz Roja.
Entre las críticas que se realizaron al peritaje de los jubilados está que nunca revisaron físicamente la playera que Brad Will portaba al momento de su homicidio. Sólo se basaron en las fotografías del expediente. La CNDH también denunció que entre los investigadores no había expertos en el análisis del sonido (una de las pruebas que presentó la CNDH fue una pericial sobre el sonido del disparon y el tiempo en que tardó en impactar a Brad Will, y a partir de ese análisis, el peritaje de la CNDH concluyó que había sido un disparo efectuado a la larga distancia), y aún así invalidaron las conclusiones de la CNDH.
Otro aspecto: en el video que Brad Will estaba grabando al momento de su muerte, poco antes del disparo, se escucha una voz que amenazante ordena apagar su cámara. Aunque el expediente judicial ya había determinado que esta amenaza iba dirigida a Karol Iván Ilescas, que entonces era camarógrafo de Televisa, la policía canadiense señaló en su informe que la amenaza iba contra Brad Will, y que éste sabía algo de español.
Por último, destaca en el informe que, en los antecedentes del informe, los jubilados señalan a Brad Will como un periodista que había cubierto temas de guerrilla en centroamérica y que había ingresado de manera ilegal a territorio mexicano.
Publicado en El Periódico, miércoles 7 de octubre de 2009
jueves, 1 de octubre de 2009
Otro revés para la PGR en el caso Brad Will
La Procuraduría General de la República (PGR) sufrió otro revés en el caso de Brad Will, cuando un juez federal determinó que el llamado “testigo clave” de la PGR no podía identificar al responsable del asesinato. Más aún, determinó que ningún miembro de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) estaba armado cerca del estadunidense al momento del disparo.
La PGR acusó a Juan Manuel Martínez Moreno del homicidio del periodista el 27 de octubre de 2006. Sin embargo, dio a conocer su abogado defensor, Gilberto López, el juez cuarto de lo penal, con sede en Oaxaca, certificó que Karol Iván Llescas, “el testigo de la PGR, no pudo haber visto quién accionó el arma que privó de la vida a Brad Will”.
El martes pasado “a las 11:00 am, se señaló para que tuviera lugar la diligencia de interrogatorio al testigo de la PGR, Karol Ivan Llescas Resendiz, quien el 27 de octubre de 2006 era camarógrafo de Televisa. Y después de 12 horas que duró la diligencia, en donde también se realizó una inspección ocular a los DVDs de Televisa y al video póstumo de Brad Will, se certificó que el testigo de la PGR no pudo haber visto quién accionó el arma que privó de la vida a Brad Will”.
Karol Iván Llescas fue señalado como el testigo clave de la PGR en diversas ocasiones. A pesar de que en interrogatorios anteriores siempre señaló que nunca vio al asesino, esta determinación del juez es contundente.
Lo que es más importante, el juez cuarto de lo penal con sede en Oaxaca, Luis Salvador Cordero, “certificó que ninguno de los que estaban frente a la cámara de Will portaba armas de fuego”.
En semanas anteriores, la PGR sufrió otro revés, cuando una juez desechó una pericial humana de la Procuraduría, debido a que fue presentada de forma extemporánea.
La PGR impugnó la determinación de la juez, por lo que esto habrá de resolverse en los próximos días. A partir de esto, la juez 15 de distrito con sede en Oaxaca, Rosa Iliana Noriega Pérez, resolverá si otorga o no el amparo solicitado por la defensa de Juan Manuel Martínez Moreno.
Publicado en El Periódico el jueves 1 de octubre
La PGR acusó a Juan Manuel Martínez Moreno del homicidio del periodista el 27 de octubre de 2006. Sin embargo, dio a conocer su abogado defensor, Gilberto López, el juez cuarto de lo penal, con sede en Oaxaca, certificó que Karol Iván Llescas, “el testigo de la PGR, no pudo haber visto quién accionó el arma que privó de la vida a Brad Will”.
El martes pasado “a las 11:00 am, se señaló para que tuviera lugar la diligencia de interrogatorio al testigo de la PGR, Karol Ivan Llescas Resendiz, quien el 27 de octubre de 2006 era camarógrafo de Televisa. Y después de 12 horas que duró la diligencia, en donde también se realizó una inspección ocular a los DVDs de Televisa y al video póstumo de Brad Will, se certificó que el testigo de la PGR no pudo haber visto quién accionó el arma que privó de la vida a Brad Will”.
Karol Iván Llescas fue señalado como el testigo clave de la PGR en diversas ocasiones. A pesar de que en interrogatorios anteriores siempre señaló que nunca vio al asesino, esta determinación del juez es contundente.
Lo que es más importante, el juez cuarto de lo penal con sede en Oaxaca, Luis Salvador Cordero, “certificó que ninguno de los que estaban frente a la cámara de Will portaba armas de fuego”.
En semanas anteriores, la PGR sufrió otro revés, cuando una juez desechó una pericial humana de la Procuraduría, debido a que fue presentada de forma extemporánea.
La PGR impugnó la determinación de la juez, por lo que esto habrá de resolverse en los próximos días. A partir de esto, la juez 15 de distrito con sede en Oaxaca, Rosa Iliana Noriega Pérez, resolverá si otorga o no el amparo solicitado por la defensa de Juan Manuel Martínez Moreno.
Publicado en El Periódico el jueves 1 de octubre
jueves, 30 de julio de 2009
A propósito de la muerte de Brad Will (o "Ya te dije, güey, que no estuvieras grabando")
Sobre el peritaje canadiense, platiqué con Gilberto López, el abogado defensor de Juan Manuel Martínes, encarcelado, acusado del asesinato de Brad Will.
Él dice que en la defensa nunca han debatido sobre la cercanía o lejanía de los tiros. Pero que, por supuesto, respaldan la versión de la CNDH (de un tiro a larga distancia) contra la de la PGR y, ahora, la de la policía canadiense.
Pero insiste en que el peritaje de la policía canadiense se realizó a partir de la información proporcionada por la Procuraduría General de la República. Como sea, me pasó una tarjeta informativa sobre su caso... pienso que viene a cuento:
LA VERSIÓN DE LA LEY
Inculpan a Juan Manuel: ALFREDO FERIA PEREZ y CAROL IVAN ILESCAS RESENDIZ.
Alfredo Feria Pérez, manifiesta textualmente en su declaración de fecha 29 de febrero del cursante año lo siguiente: “El de la voz sabe porque me han comentado por otras personas que fueron integrantes de la appo los que le dispararon a Brad, también se dice que una persona pesada que tiene una cheroke de color negro y un golf de color café claro quien vive en la colonia Aquiles Serdan sobre el Rió chiquito sin saber nombre y numero de la calle pero es el único que tiene esos carros, que fue el quien disparó en contra del gringo, lo que si sé y me consta es que se encontraban cerca del gringo así como miguel y paco”, ese dicho se encuentra corroborado con las respuestas a las preguntas marcadas con los números cuadragésima primera vertida en fecha 4 de julio del 2008, donde manifiesta: “todos dicen que fueron los de Santa Lucia, esto es los de Santa Lucia eran los policías de ese municipio, otros que son los compañeros de trabajo platican que fueron los del cipo, que fue a quema ropa porque fue muy cerca del disparo, pero yo estuve cerca del lugar donde ocurrieron los hechos, al que noté algo raro por salir corriendo muy rápido es al de la cheroke, además de los que estaban ahí cerca “el eniguas”, “el cabrón”, Miguel, Marcos, Paco, son los que siempre andan juntos”
Así mismo, en relación a los interrogatorios realizados en la averiguación previa, a la pregunta cuadragésima quinta, en donde manifiesta textualmente:“no se la identidad de esa persona porque no la vi, pero si escuche de otras versiones cuando se juntan en bolita en las esquinas que dicen que fue el de la cheroke”.
En la pregunta cuadragésima sexta, manifiesta “como ya lo dije anteriormente yo no vi cuando le dispararon a Bradley Roland Will, pero se porque me han contado que fue el de la cheroke, de quien podría dar su retrato hablado en este momento, al igual que la de Marcos, el eniguas y Paco”.
La defensa señala que el El "testimonio ningún dato aporta, en la identificación de la persona que privo de la vida a Bradley Roland Will, por que como el mismo dice no se percato en forma directa de ese hecho, menos aun en establecer la verdad que se busca, incluso admite haber estado cerca del lugar de los hechos, no así haberse percatado por medio de los sentidos en la forma y la persona que dispara al ahora occiso, hecho que denota la indebida valoración de pruebas por el juez de la causa.
Mientras que el testimonio de KAROL IVÁN ILESCAS RESENDIZ vertido el día 28 de agosto del 2008 refiere lo siguiente:
“…aproximadamente a las quince horas, me encontraba cubriendo la nota de una balacera ocurrida en Santa Lucia del Camino donde me dedique a grabar lo que estaba ocurriendo,…después de media hora aproximadamente de iniciar la balacera una persona se me acerco con un arma de fuego y en tono amenazante me dice “QUE NO YA TE DIJE GUEY QUE NO ESTUVIERAS GRABANDO” [esto también se escucha en el video]... esta persona vestía con pantalón negro, playera negra, zapatos negros, una playera blanca que le tapaba el rostro, de cabello lacio largo, el mismo que podría reconocer sin temor a equivocarme si me lo pusieran a la vista, cuando termino su amenaza escuche un grito que me hizo voltear hacia mi lado derecho y vi tirado en el suelo a un hombre de playera negra con pantalón verde olivo con lentes tipo extranjero a quien supe después que era el nombre de BRADLEY ROLAND WILL cuando le dispararon al camarógrafo extranjero estaban a su alrededor aproximadamente tres personas, una persona estaba cerca de el y otros dos llegaron por el lado de entre la banqueta y la combi para auxiliarlo, quien estaba cerca del extranjero vestía todo de color negro tapado del rostro de la nariz hacia abajo sin recordar con que estaba tapado, viendo que Bradley Roland Will tiro la cámara al suelo abajo del camión de redilas sin percatarme quien levanto la cámara, por que lo que hice fue brincarlo y correr hacia la esquina de Árboles para grabarlo, el tiempo que transcurrió entre el disparo y que salí corriendo fue de aproximadamente entre diez y quince segundos…. La persona que estaba con Bradley Roland Will al momento del disparo lo ayuda a cargar hasta la esquina de avenida Juárez y Árboles dejándolo ahí sin percatarme hacia donde se fue…”
Prueba testimonial que analizada debidamente ningún dato aporta para establecer la forma de realización del acto punible en estudio, y que el juez natural valora indebidamente.
La defensa concluye que "no existe ningún señalamiento hacia el quejoso, con lo cual, se advierte que el juez cuarto penal, carece de elementos probatorios para acreditar el señalamiento hacia el inculpado, y por ende la autoridad federal, estimó que en base a dichos atestes no es factible acreditar la probable responsabilidad penal de JUAN MANUEL MARTINEZ MORENO, y se le requiere para cumpla cabalmente con la sentencia de amparo".
Por ello, el 19 de junio de 2008, un juez dejó sin efecto los autos de formal prisión de fechas 22 de octubre del 2008.
Pero el 06 de mayo del 2009 y 28 de mayo del 2009, se determina nuevamente dictar auto de formal prisión en contra de JUAN MANUEL MARTINEZ MORENO, incurriendo en los mismos vicios, esto es que no cumple con las exigencias decretadas por el juez federal, resolución que en días próximos el citado Juez Federal, determinará que no se cumple con la sentencia, y requerirá al juez penal por conducto de su superior jerárquico, que en este caso será una sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca, quien determine la libertad de Juan Manuel Martínez Moreno.
Él dice que en la defensa nunca han debatido sobre la cercanía o lejanía de los tiros. Pero que, por supuesto, respaldan la versión de la CNDH (de un tiro a larga distancia) contra la de la PGR y, ahora, la de la policía canadiense.
Pero insiste en que el peritaje de la policía canadiense se realizó a partir de la información proporcionada por la Procuraduría General de la República. Como sea, me pasó una tarjeta informativa sobre su caso... pienso que viene a cuento:
LA VERSIÓN DE LA LEY
Inculpan a Juan Manuel: ALFREDO FERIA PEREZ y CAROL IVAN ILESCAS RESENDIZ.
Alfredo Feria Pérez, manifiesta textualmente en su declaración de fecha 29 de febrero del cursante año lo siguiente: “El de la voz sabe porque me han comentado por otras personas que fueron integrantes de la appo los que le dispararon a Brad, también se dice que una persona pesada que tiene una cheroke de color negro y un golf de color café claro quien vive en la colonia Aquiles Serdan sobre el Rió chiquito sin saber nombre y numero de la calle pero es el único que tiene esos carros, que fue el quien disparó en contra del gringo, lo que si sé y me consta es que se encontraban cerca del gringo así como miguel y paco”, ese dicho se encuentra corroborado con las respuestas a las preguntas marcadas con los números cuadragésima primera vertida en fecha 4 de julio del 2008, donde manifiesta: “todos dicen que fueron los de Santa Lucia, esto es los de Santa Lucia eran los policías de ese municipio, otros que son los compañeros de trabajo platican que fueron los del cipo, que fue a quema ropa porque fue muy cerca del disparo, pero yo estuve cerca del lugar donde ocurrieron los hechos, al que noté algo raro por salir corriendo muy rápido es al de la cheroke, además de los que estaban ahí cerca “el eniguas”, “el cabrón”, Miguel, Marcos, Paco, son los que siempre andan juntos”
Así mismo, en relación a los interrogatorios realizados en la averiguación previa, a la pregunta cuadragésima quinta, en donde manifiesta textualmente:“no se la identidad de esa persona porque no la vi, pero si escuche de otras versiones cuando se juntan en bolita en las esquinas que dicen que fue el de la cheroke”.
En la pregunta cuadragésima sexta, manifiesta “como ya lo dije anteriormente yo no vi cuando le dispararon a Bradley Roland Will, pero se porque me han contado que fue el de la cheroke, de quien podría dar su retrato hablado en este momento, al igual que la de Marcos, el eniguas y Paco”.
La defensa señala que el El "testimonio ningún dato aporta, en la identificación de la persona que privo de la vida a Bradley Roland Will, por que como el mismo dice no se percato en forma directa de ese hecho, menos aun en establecer la verdad que se busca, incluso admite haber estado cerca del lugar de los hechos, no así haberse percatado por medio de los sentidos en la forma y la persona que dispara al ahora occiso, hecho que denota la indebida valoración de pruebas por el juez de la causa.
Mientras que el testimonio de KAROL IVÁN ILESCAS RESENDIZ vertido el día 28 de agosto del 2008 refiere lo siguiente:
“…aproximadamente a las quince horas, me encontraba cubriendo la nota de una balacera ocurrida en Santa Lucia del Camino donde me dedique a grabar lo que estaba ocurriendo,…después de media hora aproximadamente de iniciar la balacera una persona se me acerco con un arma de fuego y en tono amenazante me dice “QUE NO YA TE DIJE GUEY QUE NO ESTUVIERAS GRABANDO” [esto también se escucha en el video]... esta persona vestía con pantalón negro, playera negra, zapatos negros, una playera blanca que le tapaba el rostro, de cabello lacio largo, el mismo que podría reconocer sin temor a equivocarme si me lo pusieran a la vista, cuando termino su amenaza escuche un grito que me hizo voltear hacia mi lado derecho y vi tirado en el suelo a un hombre de playera negra con pantalón verde olivo con lentes tipo extranjero a quien supe después que era el nombre de BRADLEY ROLAND WILL cuando le dispararon al camarógrafo extranjero estaban a su alrededor aproximadamente tres personas, una persona estaba cerca de el y otros dos llegaron por el lado de entre la banqueta y la combi para auxiliarlo, quien estaba cerca del extranjero vestía todo de color negro tapado del rostro de la nariz hacia abajo sin recordar con que estaba tapado, viendo que Bradley Roland Will tiro la cámara al suelo abajo del camión de redilas sin percatarme quien levanto la cámara, por que lo que hice fue brincarlo y correr hacia la esquina de Árboles para grabarlo, el tiempo que transcurrió entre el disparo y que salí corriendo fue de aproximadamente entre diez y quince segundos…. La persona que estaba con Bradley Roland Will al momento del disparo lo ayuda a cargar hasta la esquina de avenida Juárez y Árboles dejándolo ahí sin percatarme hacia donde se fue…”
Prueba testimonial que analizada debidamente ningún dato aporta para establecer la forma de realización del acto punible en estudio, y que el juez natural valora indebidamente.
La defensa concluye que "no existe ningún señalamiento hacia el quejoso, con lo cual, se advierte que el juez cuarto penal, carece de elementos probatorios para acreditar el señalamiento hacia el inculpado, y por ende la autoridad federal, estimó que en base a dichos atestes no es factible acreditar la probable responsabilidad penal de JUAN MANUEL MARTINEZ MORENO, y se le requiere para cumpla cabalmente con la sentencia de amparo".
Por ello, el 19 de junio de 2008, un juez dejó sin efecto los autos de formal prisión de fechas 22 de octubre del 2008.
Pero el 06 de mayo del 2009 y 28 de mayo del 2009, se determina nuevamente dictar auto de formal prisión en contra de JUAN MANUEL MARTINEZ MORENO, incurriendo en los mismos vicios, esto es que no cumple con las exigencias decretadas por el juez federal, resolución que en días próximos el citado Juez Federal, determinará que no se cumple con la sentencia, y requerirá al juez penal por conducto de su superior jerárquico, que en este caso será una sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca, quien determine la libertad de Juan Manuel Martínez Moreno.
La muerte de Brad Will. Reflexiones
A propósito de los resultados que la policía canadiense envió sobre el asesinato de Brad Will (por cierto, la PGR reenvió una traducción a los correos de su sala de prensa, pero ésta yo no la pude abrir porque estaba presuntamente envirulada), dicen los expertos que se refuerza la postura de las procuradurías locales y federal de que el asesino era miembro de la APPO.
Las autopsias de Canadá, PGR y de la procuraduría oaxaqueña coinciden en que el primer disparo se hizo desde un rango no mayor a 12 metros. y que el segundo disparo se hizo a quemarropa. Concluyen que se hizo mientras Brad Will estaba siendo cargado por miembros de la APPO.
Por el contrario, el peritaje de la CNDH insiste en que ambos disparos se hicieron desde una distancia mayor a 35 metros.
Si el disparo se hizo de cerca, todo apuntaría a asumir que el asesino de Brad Will estaba de parte de la APPO.
Sin embargo, me quedan dudas, ideas... No tengo una opinión acabada. Pero quedan datos en el tintero:
*La investigación pericial canadiense se basa exclusivamente en los elementos (fotografías, etc) que proporcionó la PGR.
*Según el rumor de las autoridades, si Brad Will fue baleado de cerca, ergo, su asesinato fue cometido por "la APPO". Ojo, ni siquiera por un miembro de la APPO, sino por la APPO, como un ente único e indivisible. Recuérdese que en 2006 prácticamente hubo una guerra civil en Oaxaca.
*Pregunta: ¿cuántos casos de infiltrados en la APPO se conocieron? a mi mente, de forma vaga llega uno relevante: la presencia de un policía federal que participó también durante el operativo en el que encarcelaron a los hermanos Cerezo en 2001.
*Más preguntas: ¿Cuál podría ser el móvil de un miembro de la APPO para matar a Brad Will? ¿que estaba filmando cómo apuntalaban una barricada y cómo usaban un camión de redilas? ¿porque la filmación podría usarse después para encarcelar a los que participaron? ¿sería un plan para inculpar al gobierno del asesinato de un estunidense?
*¿Cuál sería el móvil de las autoridades oaxaqueñas para asesinarlo? ¿Inculpar a la APPO? ¿hacer que la opinión internacional volteara aún más hacia el caso Oaxaca?
*¿Qué motivación puede tener la CNDH para alterar un peritaje en este caso?
*De igual forma, ¿qué motivación puede tener la policía canadiense? Sobre la PGR y la Procuraduría oaxaqueña.. no cuestiono.
*Durante 2006, la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH) documentó 26 muertes con hechos relacionados con el conflicto oaxaqueño. Muchos de ellos, muertos por apuñalamiento, por bala, degollados, otros en accidentes.
* En 2007, a pesar de que el conflicto no estaba activo, se registraron 27 muertes vinculadas. En 2008, 15. No hay cifras para 2009.
*Lo único que me queda claro es que los motivos por los que estalló el conflicto socal en la APPO son legítimos, y siguen vigentes.
Las autopsias de Canadá, PGR y de la procuraduría oaxaqueña coinciden en que el primer disparo se hizo desde un rango no mayor a 12 metros. y que el segundo disparo se hizo a quemarropa. Concluyen que se hizo mientras Brad Will estaba siendo cargado por miembros de la APPO.
Por el contrario, el peritaje de la CNDH insiste en que ambos disparos se hicieron desde una distancia mayor a 35 metros.
Si el disparo se hizo de cerca, todo apuntaría a asumir que el asesino de Brad Will estaba de parte de la APPO.
Sin embargo, me quedan dudas, ideas... No tengo una opinión acabada. Pero quedan datos en el tintero:
*La investigación pericial canadiense se basa exclusivamente en los elementos (fotografías, etc) que proporcionó la PGR.
*Según el rumor de las autoridades, si Brad Will fue baleado de cerca, ergo, su asesinato fue cometido por "la APPO". Ojo, ni siquiera por un miembro de la APPO, sino por la APPO, como un ente único e indivisible. Recuérdese que en 2006 prácticamente hubo una guerra civil en Oaxaca.
*Pregunta: ¿cuántos casos de infiltrados en la APPO se conocieron? a mi mente, de forma vaga llega uno relevante: la presencia de un policía federal que participó también durante el operativo en el que encarcelaron a los hermanos Cerezo en 2001.
*Más preguntas: ¿Cuál podría ser el móvil de un miembro de la APPO para matar a Brad Will? ¿que estaba filmando cómo apuntalaban una barricada y cómo usaban un camión de redilas? ¿porque la filmación podría usarse después para encarcelar a los que participaron? ¿sería un plan para inculpar al gobierno del asesinato de un estunidense?
*¿Cuál sería el móvil de las autoridades oaxaqueñas para asesinarlo? ¿Inculpar a la APPO? ¿hacer que la opinión internacional volteara aún más hacia el caso Oaxaca?
*¿Qué motivación puede tener la CNDH para alterar un peritaje en este caso?
*De igual forma, ¿qué motivación puede tener la policía canadiense? Sobre la PGR y la Procuraduría oaxaqueña.. no cuestiono.
*Durante 2006, la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH) documentó 26 muertes con hechos relacionados con el conflicto oaxaqueño. Muchos de ellos, muertos por apuñalamiento, por bala, degollados, otros en accidentes.
* En 2007, a pesar de que el conflicto no estaba activo, se registraron 27 muertes vinculadas. En 2008, 15. No hay cifras para 2009.
*Lo único que me queda claro es que los motivos por los que estalló el conflicto socal en la APPO son legítimos, y siguen vigentes.
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